El 3 de Marzo de 1973 veintiun paises firmaron en Washington DC el Convenio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, conocido como CITES. En la actualidad 169 paises son parte de dicho convenio.
CITES regula el comercio internacional de especimenes de especies de fauna y flora silvestres, es decir, la exportacion, reexportacion e importacion de animales y vegetales vivos o muertos, sus partes y derivados, a través de un sistema de permisos y certificados cuya expedicion está supeditada al cumplimiento de determinadas condiciones y cuya presentacion se exige para autorizar la entrada o salida de un pais de todo envio de especimenes.
Su objetivo es proteger las especies de fauna y flora silvestres y asegurar su conservacion mediante el control de su comercio, pues el trafico de animales es el negocio que mas mueve en el mundo junto con el mercado de armas y el trafico de drogas.
Algunos datos:
- Alrededor de 25.000 plantas y 5.000 animales están amparadas por las disposiciones de la Convencion.
-Como consecuencia del comercio ilegal de fauna y flora, cerca de 700 especies animales están en peligro de extincion y otras 2300 se encuentran amenazadas en todo el mundo.
-Brasil principal exportador (37%.
-El 30% del comercio ilegal pasa por España.
-De cada 10 animales traficados sólo uno llega a su destino final.
-Cada año se venden:
50000 primates
5 millones de aves
10 millones de pieles de reptiles
15 millones de pieles de mamiferos
350 millones de peces tropicales
9 millones de orquideas
Este negocio se traduce en 160000 millones de euros al año.
Los paises en vias de desarrollo son los grandes abastecedores pero los menos beneficiados economicamente.
EEUU, Japon y la Union Europea son los principales importadores.
Permisos y certificados
Toda importacion, exportacion, reexportacion o introduccion de especies amparadas por el CITES debe autorizarse mediante un sistema de concesion de licencias, que son aprobadas por una o mas Autoridades Administrativas y Cientificas.
La expedicion de estos está condicionada por varios factores:
-Que el comercio de una especie no vaya en detrimento de su supervivencia.
-Que los especimenes hayan sido adquiridos legalmente.
-Que en los envios de especimenes vivos se efectuen en condiciones apropiadas y, en el caso de las especies incluidas en el Apendice I, que el importador disponga de instalaciones adecuadas para albergar y cuidar dichos especimenes. La importacion de especimenes incluidos en el Apendice I está prohibida con fines meramente comerciales. No obstante existen algunas excepciones para especimenes adquiridos antes de que el convenio les fuese aplicable (objetos y enseres de particulares, animales criados en cautivida y especies vegetales reproducidas artificialmente o especimenes de colecciones e instituciones cientificas).
Apendices:
Apendice I: Incluye todas las especies en peligro de extincion cuyo comercio está sujeto a una reglamentacion particularmente estricta y se autoriza solamente en circunstancias excepcionales (por ejemplo para investigacion cietifica).
Alguns especies incluidas en el apendice I son los Lemures, Indris, Gorilas, Chimpancés, Chinchillas (en libertad), Cetaceos, Lobos, Osos...
Apendice II: Incluye las especies que, si bien en la actualidad no se encuentran necesariamente en peligro de extincion, pueden llegar a estarlo a menos que su comercio se reglamente de forma estricta. Contiene, ademas, las denominadas especies similares, que se someten a control debido a que su aspecto se asemeja al de las demas especiesl reguladas, lograndose con ello un control mas eficaz de estas ultimas.
En este apendice estan incluidas la mayoria de especies de los siguientes ordenes: psitacidas, felinos, hipopotamos, halcones..
Apendice III: Incluye las especies incluidas a peticion de una de las Partes y para las que se precisa la colaboracion de las restantes Partes a fin de prevenir o restringir su explotcion.
Por ejemplo, la cotorra de Kramer (Psittacus kramer), Antílope negro (Antilope cervicapra), kinkajú (Potos flavus), Coatí (Nasua larica)...
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Os pongo todo este tocho porque creo que es importante saber un poquito sobre él debido al auge que hay en tener mascotas de tipo exotico, las cuales no siempre se sabe de donde llegan por falta de interes por parte del comprador.
El comercio con animales capturados en libertad está en auge y como pone mas arriba la mayoria de estos animales no llegan a su luigar de destino y son confinados a vivir de por vida encerrados en cuarentena, o los que tienen mas suerte llegan a manos de compradores irresponsables donde les esperan unas condiciones de vida pesimas porque sus dueños no conocen de sus cuidados o son liberados destrozando nuestra fauna y nuestra flora. Mucho habreis visto por las calles de vuestras ciudades monton de psitacidas, ninfas, agapornis que no tendrian que estar en libertad ya que ese no es su habitat, o habreis paseado por el retiro y habreis visto mogollon de tortugas de florida y de orejas amarillas correteando por los estanques, estas tortugas son muy voraces y se cargan todo el habitat que les rodea, por ello está prohibida la venta de tortugas de Florida. Y bueno no solo son tortugas lo que se abandona en el retiro, se abandona hasta iguanas...
El ser humano es acojonante de verdad, deberiamos tener mas cabeza con que animales compramos y como debemos cuidarlos, porque ademas de darles una vida en muchas ocasiones nefasta estamos colaborando con un negocio ilegal y perjudicial para nuestra fauna y nuestra flora.
Que el ser humano es acojonante con la naturaleza no es novedad ya lo se, solo hay que mirar la cantidad de enfermedades y mutaciones mortales que han salido en los ultimos años descontroladas por nuestro mal trato a los animales.
martes, junio 24, 2008
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